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miércoles, 3 de febrero de 2010

REDUCCION DEL IVA Y DEDUCCIONES EN LAS REFORMAS DE LA VIVIENDA

Imagen de archivo
Las rentas inferiores a 53.000 euros podrán deducirse desde hoy el 10% de las reformas Ampliar foto El máximo a desgravar es de 12.000 euros por la vivienda habitual. (Imagen: ARCHIVO) Hoy se pone en marcha esta deducción a la que se una la aplicación de un IVA reducido para este tipo de obras. Las obras tendrán por objeto la mejora energética, sustitución de la instalación de electricidad, agua o gas o la mejora de la accesibilidad. Se calcula que unos 12 millones de viviendas precisan ser reformadas en España. EUROPA PRESS. 14.04.2010 - 10.36 h Los contribuyentes con rentas inferiores a los 53.007,20 euros podrán deducirse en el IRPF hasta el 10% de las cantidades satisfechas por la rehabilitación de viviendas a partir de hoy y hasta el 31 de diciembre de 2012, con un máximo de 12.000 euros por vivienda habitual. Así consta en el real decreto publicado ayer en el BOE que entra en vigor hoy, donde se explica que la deducción estará sujeta a obras que tengan por objeto la mejora energética, la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros o la mejora de la accesibilidad al edificio. Beneficiará al 95% de los contribuyentes, siempre y cuando las obras no se hayan abonado en efectivo Esta medida, que beneficiará al 95% de los contribuyentes siempre y cuando las obras no se abonen en efectivo, será asumida íntegramente por el Estado, con un coste de 1.400 millones, según los cálculos del Departamento de Economía. A la nueva deducción hay que unir la aplicación de un IVA reducido al 8% para todo tipo de obras de mejora y rehabilitación de la vivienda realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012 y la ampliación del concepto de rehabilitación estructural a efectos del impuesto. En España el 24% de la inversión en viviendas se destina a obras de rehabilitación, mientras que la media europea es del 40%. Además, se calcula que unos 12 millones de viviendas necesitan ser reformadas. Estas dos medidas forman parte del primer capítulo de los seis que contempla el real decreto, que pretende recuperar la actividad en el sector de la construcción. El segundo capítulo, por su parte, incluye un conjunto de reformas "necesarias" para favorecer la actividad empresarial, mientras que el tercero se dedica íntegramente a la actividad de las pequeñas y medianas empresas. El cuarto contiene medidas destinadas a moderar el impacto negativo de la crisis en los ciudadanos, como el aumento del umbral de inembargabilidad, la aplicación de un IVA superreducido a los servicios de atención a la dependencia o el 'vale transporte', que supone la exención de la tributación en el IRPF de las cuantías satisfechas por las empresas para desplazamientos entre la residencia y el lugar de trabajo. El capítulo quinto se centra en el sector energético, mientras que el sexto contiene un conjunto de medidas en el ámbito del sector financiero de urgente implantación ante las necesidades de encarar con la máxima eficacia la evolución de la crisis financiera. Estas ventajas fiscales se van renovando anualmente, así que tendrán que informarse in sito en su carpintería de confianza sobre estas ayudas. Para mas informacion adjunto el link directo a 20 minu

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